Tesis (Especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social) -- Universidad de San Buenaventura. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Cali, 2019.
El parágrafo 4º del acto legislativo 01 de 2005, introdujo una modificación en lo que respecta al régimen de transición consagrado el artículo 36 de la ley 100 de 1993, régimen que buscaba proteger los derechos adquiridos frente al reconocimiento de una prestación de vejez, anulado por completo con la expedición del citado acto legislativo la posibilidad de obtener una pensión de vejez bajo una norma más favorable, imponiendo la aplicación de una norma posterior que incrementó los requisitos para acceder a la prestación económica de vejez, omitiendo por completo que el derecho a la seguridad social es irrenunciable, justificando tal trasgresión a los derechos fundamentales, en el principio de la sostenibilidad financiera, siendo esta nueva norma constitucional una norma inconstitucional mal justificada bajo dicho principio.