Fecha en el estuche 2009 Tesis (Abogado) -- Universidad de San Buenaventura. Facultad de Derecho, Cali, 2008 Documento disponible en respaldo interno (2017)
La monografía inicia mostrando que pese a que el matrimonio civil ha sido reconocido en Colombia desde finales del siglo XIX, no ha sucedido lo mismo con el divorcio. La monografía argumenta que ello se debió a que el matrimonio católico, definido por el Derecho Canónico, fue el modelo bajo el cual se estructuro jurídicamente el matrimonio civil y, por lo tanto, se aplicaron a este último las concepciones del primero, entre ellas el dogma canónico de la indisolubilidad matrimonial.
Con el artículo 42 de la Constitución expedida en 1991 y la Ley 25 de 1992 el Estado retomo la jurisdicción sobre los efectos civiles de todo matrimonio y, de este modo, el divorcio ¿entendido como cesación de los efectos civiles- se acentuó plenamente en la normatividad colombiana. Sin embargo, se requirió todo un proceso de aclaración jurisprudencial y doctrinal que esclareciera que las nuevas normas no afectaban el principio canónico fundamental de la indisolubilidad